Centros de Conciliación Laboral Abren Página WEB al Servicio del Público…
Centros de Conciliación Laboral Abren Página WEB al Servicio del Público.
Por: José Luz CHÁVEZ VARGAS.
*Herramienta digital facilitará la gestión de citas para conciliación a empleados, sindicatos y patrones
Cd. Victoria, Tam.- El Centro de Conciliación Laboral de Tamaulipas abrió a toda la ciudadanía la página web para conocer sus atribuciones, actividades y poder agendar citas de manera ágil, rápida y segura a través del siguiente enlace: https://www.tamaulipas.gob.mx/ccl/
José Ives Soberón Mejía, director del Centro de Conciliación Laboral de Tamaulipas, informó que la apertura de la página web facilita la accesibilidad de trabajadoras y trabajadores, patrones e involucrados en conflictos laborales para conocer procesos, marco jurídico y ubicación de los centros de conciliación en el estado de Tamaulipas.
Soberón Mejía señaló que los Centros están integrados por profesionales capacitados para ayudar a los trabajadores y patrones a lograr acuerdos conciliatorios, a través de mecanismos rápidos, eficaces, gratuitos, transparentes y confiables para dar solución a los conflictos laborales; un compromiso del gobernador Américo Villarreal que se ejerce en coordinación con la Secretaría del Trabajo, con el fin de brindar justicia laboral en Tamaulipas e implementar el nuevo sistema laboral vigente desde el 3 de octubre pasado.
Los Centros de Conciliación cuentan con oficinas en los municipios de Tampico, Ciudad Victoria, El Mante, Reynosa, Nuevo Laredo y Matamoros, donde se brinda atención a patrones, empleados y sindicatos, para dirimir conflictos de carácter laboral a través de la conciliación, los servicios y orientaciones son gratuitos.
La disponibilidad de la página web pone al alcance de todas y todos los tamaulipecos las bondades de la justicia laboral, facilitando una cita de conciliación para quienes viven fuera de estos seis municipios donde se localizan las oficinas de los centros de conciliación laboral en el estado, proporcionando horario e información adicional para conocer los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios.
Una vez que se realiza la solicitud de conciliación prejudicial de acuerdo con el artículo 684-E fracción VII de la Ley Federal del Trabajo, la ratificación y asistencia a la audiencia de conciliación es de carácter personal, y la cita debe realizarse a nombre de quien efectuó la solicitud, lo que garantiza la atención de personal capacitado en la mediación.
Iniciado el proceso se tiene un plazo de 45 días hábiles para lograr la conciliación,